Notición!

 

Todos los hemos escuchado, tras las noticias que empezaron hace mas de un año, que finalmente ya esta publicado en el BOE la aplicación de los avales ICO. 

Ya conocemos los bancos adheridos, los requisitos para acogerse, el límite en el precio de la vivienda dependiendo de la comunidad…

 

 

Y ahora qué? Ya puedo ir al banco a pedirlo? Qué nos queda?

 

 

Avances en los Avales ICO

Primero dejar claro, aunque cumplamos con las condiciones que establecen en el BOE, eso no quiere decir que nos lo vayan a dar. La última palabra la tiene la entidad bancaria, que es la que al fin y al cabo nos “presta” el dinero. 

Ya podemos acogernos?

No…simplemente se ha dado un pasito mas en su aplicación, pero ahora falta todo el desarrollo informático, protocolo bancario y necesidades técnicas para la coordinación entre el ICO y las entidades bancarias.

La previsión que en este desarrollo aun se tarde unos 2 meses aunque falta mucha información al respecto por conocer.

 

¿Qué todavía no sabemos?

  • Tipo de interés: solicitar esta hipoteca hará que el tipo de interés que nos ofrezca sea peor?
  • Tasación: Nos van a dar el 100% condicionado al 80% de tasación? (como es en la actualidad)
  • Que condiciones tengo que cumplir en cuanto a perfil? Tipo de contrato, antigüedad mínima, ingresos mínimos...

Todo esto tendremos que esperar a que las entidades bancarias empiecen aplicarlo para conocer que podríamos hacer y que no. 

 

JUNIO
2024

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